ASESORES VERSUS FUNCIONARIOS
Ha sido motivo de comentario en estos días lo que ha dado en
llamarse “el endiosamiento de García-Page”, por el cual el Presidente se ha
rodeado de un ejército de asesores y cargos de confianza que superan con creces
a los del Gobierno de la Nación y concretamente a los del Presidente. El pasado
jueves en la tertulia “Calle Ancha” de Visión 6 se trató este asunto, con la
brevedad a que obliga sus cuarenta minutos y de forma algo superficial y sin
entrar demasiado en los orígenes y las funciones reservadas a este tipo de
personal frente o en comparación con las que realiza el funcionariado.
La condición de profesionalidad y permanencia de los
funcionarios públicos, consagrados en el principio de inamovilidad, empezó a
forjarse a principios del Siglo XX pero no se consolidó hasta la promulgación
de de Ley de Bases de los Funcionarios
Civiles del Estado de 7 de Febrero de 1964. Esta Ley permitió que en los
difíciles años de la transición, un funcionariado profesional y permanente
fuera definitivo a la hora de afianzar
el sistema al margen de los vaivenes de la política.
Forges es único ..... |
Aprobada la Constitución de 1978 e instalado en Moncloa el
primer gobierno socialista, se acometió la empresa de reformar la
Administración Pública para adaptarla a los principios recogidos en la nueva la
Constitución y sentar las bases para la creación de las Administraciones
autonómicas. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública de 2 de
Agosto de 1984 puso fin a la carrera administrativa tradicional y dio pie a la
creación de otras formas de carrera y promoción a la vez que puso los cimientos
de lo que en el futuro sería la lacra de los asesores, “comisarios políticos” y
administración paralela en empresas públicas
o mixtas.
El Estatuto Básico de la Función Pública de 13 de Abril de
2007 recoge en su exposición de motivos: “El Estatuto Básico es un paso importante y
necesario en un proceso de reforma, previsiblemente largo y complejo, que debe
adaptar la articulación y la gestión del empleo público en España a las
necesidades de nuestro tiempo, en línea con las reformas que se vienen
emprendiendo últimamente en los demás países de la Unión Europea y en la propia
Administración comunitaria”. En el Artº. 12 del Título II “Personal
Eventual” consolida la figura del personal de confianza o de asesoramiento
especial que permite a los gobernantes crear administraciones paralelas y
degradar en ocasiones las funciones que
corresponden al funcionariado.
El funcionario, en su dedicación
profesional y permanente y supuesta independencia, es la garantía del buen
funcionamiento de la cosa pública, en la convicción de que encierra dedicación y servicio a los ciudadanos y
equidad, justicia y neutralidad en todos los actos administrativos que les
afectan. Eso conlleva a veces discrepancias con los intereses sectarios o
partidistas de quienes desde la política dirigen y controlan la Administración.
Con frecuencia el político se ve frenado por
la apelación del funcionario a la legalidad y con frecuencia también se ve
limitado y coaccionado por una Administración creada por sus oponentes
políticos que entorpece cuando no
dinamita la gestión de los nuevos responsables. En ambos casos se produce un
grado de incompatibilidad personal de
desconfianza y recelo que ha llevado al legislador, a petición o por imposición
del estamento político a recoger y consagrar legislativamente “la trampa”,
siguiendo ese refrán castellano de todos conocido.
....mi voto para Forges |
El funcionariado ha sido en parte
despojado de su autoridad y atribuciones, sometido a un servilismo sin el cual
no hay promoción o complementos dinerarios y en definitiva dividido entre
quienes asumen su oficio con profesionalidad y equidad frente a los que han sucumbido a los intereses del político de
turno, bien por razón de su ingreso, de su promoción o simplemente por cuestión
de oportunidad. Lo cierto y verdadero es que en torno a los políticos pululan
enjambres de asesores, secretarios particulares, personal de confianza y
“comisarios políticos”, figura esta última que no se ha extinguido a pesar de
los ochenta años transcurridos desde su creación.
Los asesores que el Estatuto
recoge van orientados a asesoramiento de
carácter especial en materias en las que
la Administración pudiera tener carencias, pero eso es en la teoría; en la
práctica los asesores son el refugio de los cesantes, de los descolocados, de
los premiados por servicios prestados a la causa, de familiares y amigos, en la
mayoría de los casos sin la preparación y formación suficientes para el cargo,
innecesaria por otra parte ya que la función principal de estos paniaguados no
pasa de servir de corte sumisa y
alabanciosa del líder. Con frecuencia
incitan o colaboran en el incumplimiento de los dictámenes técnicos y jurídicos de los funcionarios, que
se saltan a la torera, sin que la justicia que en estos asuntos adopta una
postura bastante laxa sanciones tales
desmanes.
El clientelismo y la falta de
democracia interna en esta corruptela en que se ha convertido la política
actual es el caldo de cultivo donde se mezclan oportunistas, pelotas,
correveidiles, enchufados, muertos de hambre y tantas otras figuras de esta
familia de chupópteros cuya misión es vivir del cuento, apegados al
poder en una suerte de esclavitud voluntaria que proporciona gloria ninguna
pero pan suficiente.
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